CESIÓN
DE GRABACIONES PARA USO DIGITAL
(Redes electrónicas, telefonía móvil, telecomunicaciones digitales)
En Barcelona (España), a __ de ______________de 200_.
Entre
D ___________________________ (DNI: __________), domiciliado en calle ___________________________,
de _____________ cod.postal: _____ (provincia _______________);
D ___________________________ (DNI: __________), domiciliado en calle ___________________________,
de _____________ cod.postal: _____ (provincia _______________);
D ___________________________ (DNI: __________), domiciliado en calle ___________________________,
de _____________ cod.postal: _____ (provincia _______________)
D ___________________________ (DNI: __________), domiciliado en calle ___________________________,
de _____________ cod.postal: _____ (provincia _______________)
Todos ellos, mayores de edad, y denominados en lo sucesivo ARTISTA.
Y Producciones Set Management,S.L. (CIF: B-59850875), representado legalmente por Ernest Casals Alexandri, con sede en calle Font-rodona, 29-33, 1, 1 – 08004-Barcelona (Barcelona), en lo sucesivo COMPAÑÍA.
Reconociéndose ambas partes con capacidad suficiente para formalizar el presente contrato privado, en el presente documento
EXPONEN
I.- ARTISTA admite tener la propiedad legal de las grabaciones de los __ temas incluidos en el CD titulado "_________________________", denominados “_________________”, “_________________”, “_________________”, “_________________”, “_________________”, “_________________”, “_________________”, “_________________”, “_________________”, “_________________”, “_________________”, “_________________”, interpretados por el grupo musico-vocal “_______________________” todos interpretados por el los denominados ARTISTA.
II.- COMPAÑIA admite poseer todos los requisitos tecnológicos y legales para la difusión de las grabaciones musicales digitales habitualmente de forma gratuita, por las redes electrónicas (incluida internet), telefonía móvil y telecomunicaciones digitales.
ACUERDAN
1ª. - ARTISTA, cede las grabaciones musicales digitales antecidadas con carácter EXCLUSIVO, a COMPAÑÍA, por el periodo de tiempo de VEINTE (20) años. El presente contrato tendrá renovaciones automáticas de TRES (3) años de duración cada una, excepto en el caso de que alguna de las dos partes manifieste fehacientemente a la otra su intención de no renovación. La notificación de la no renovación por una de las partes a la otra deberá hacerse con una anticipación mínima de TRES (3) meses antes del final del contrato o de alguna de sus prorrogas.
2ª.-
ARTISTA cede los derechos sobre las grabaciones a COMPAÑÍA para su difusión,
por los medios que se especifican en el “Exponiendo II”, de forma gratuita.
2ª-A.- Dado el caso de que los derechos de la grabación generen ingresos a
COMPAÑÍA, esta entregará a ARTISTA la cantidad correspondiente al CUARENTA
(40) por ciento de las ventas efectuadas y cobradas por COMPAÑIA. El calculo
de dichas regalías se hará con base al denominado Precio de Venta al Mayor
(o precio facturado a Distribuidor / vendedor), en el caso de que sea la misma
COMPAÑIA la que efectúe la difusión de las grabaciones. 2ª-B- Para el caso
de que sea una licencia de la explotación de las grabaciones a otra Empresa
distinta de COMPAÑIA, ARTISTA percibirá el CINCUENTA (50) por ciento sobre
las cantidades cobradas por COMPAÑIA. 2ª-C- COMPAÑIA se compromete a efectuar
liquidaciones por periodos de SEMESTRES naturales. Y los abonará a ARTISTA
antes de los CUARENTA Y CINCO (45) días al final de cada semestre natural;
siempre y cuando COMPAÑIA haya percibido dicha liquidación. COMPAÑIA acatará
las leyes sobre política monetaria e impuestos que estén vigentes en el campo
internacional.
3ª- ARTISTA cede a COMPAÑIA las grabaciones antecitadas para el territorio de: TODO EL MUNDO. Y podrá tener el tipo de digitalización y/o compresión que COMPAÑÍA crea adecuado, colaborando ARTISTA y COMPAÑIA en la elaboración de la campaña de promoción que ambos consideren más adecuados.
4º- ARTISTA reconoce a COMPAÑIA su derecho sobre las grabaciones musicales digitales antecitadas con carácter EXCLUSIVO, cediendo asimismo los derechos de interpretación en las grabaciones, los derechos de comunicación pública, y los derechos de copia privada, así como los derechos de utilización del nombre y/o imagen del grupo musico-vocal y/o de los integrantes del grupo. Queda entendido que dichos derechos cedidos en este punto 4º. - sólo lo serán para la buena difusión de las obras objeto del presente
5º. - Cualquier interpretación de este documento se hará lectura por lo aquí
pactado, por las normas de la edición fonográfica y de las sociedades de gestión
de autoría y producción de la propiedad intelectual, por las leyes de comercio
españolas vigentes y demás normas de comercio internacional, y en último termino
por los Tribunales de la Ciudad de Barcelona, o Entidad Jurídica Superior
Europea, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pueda corresponderles.
Y para que así conste, lo firman
de buena fe, en lugar y fecha arriba indicados, a un solo documento y dos
páginas por duplicado.
| ARTISTA |
COMPAÑIA |
| Firmado: _________________________ |
Producciones Set Management,S.L. |
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Firmado: Ernest Casals Alexandri |
| Firmado: _________________________ |
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| Firmado: _________________________ |
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| Firmado: _________________________ |
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